Recibimos muchas preguntas sobre los requisitos legales para casarse en España. A continuación, respondemos algunas de las inquietudes más comunes sobre cómo los extranjeros pueden casarse legalmente en España, cuáles son los documentos necesarios para casarse con un extranjero y las diferentes opciones de ceremonia disponibles.
Tenga en cuenta que pretende ser solo un punto de partida y una guía. Aunque se ha puesto mucho cuidado y esfuerzo para garantizar que la información proporcionada sea correcta, no lo tome como un consejo legal. Le recomendamos encarecidamente que consulte en la Embajada o Consulado de España para obtener información de primera mano sobre los requisitos legales para casarse en España. Además, la documentación requerida y el proceso legal pueden variar de nacionalidad a nacionalidad, esto debe ser discutido con su planificador de bodasbodas.
¿Cómo pueden casarse extranjeros en España?
Como no nacionalizado, solo hay dos formas de casarse legalmente en España:
- Casarse por la Iglesia Católica
- Ceremonia civil si usted o su pareja son residentes en España desde hace al menos 2 años
Otros datos a tener en cuenta:
- Las ceremonias civiles y católicas deben llevarse a cabo en lugares o iglesias legalmente aprobadas
- Puede tener una bendición (ceremonia no legal) en su lugar de culto o en cualquier otro lugar
- Puede tener una ceremonia legal en otra parte del mundo seguida de una ceremonia simbólica en España
- Las bodas entre personas del mismo sexo son legales en España
- Por lo general, se requieren varias visitas en persona para asegurar una reserva en la iglesia (por parte de la pareja o su planificador) y algunas iglesias requerirán reunirse con la pareja un mínimo de una semana antes de su boda (si no antes)
- Ciertos documentos con más de 6 meses de antigüedad se considerarán no válidos
- Las bendiciones en el lugar de culto también necesitarán permiso otorgado y no todas las iglesias u otras lo permitirán
LEGALIDAD DEL MATRIMONIO
Los matrimonios celebrados en España son reconocidos internacionalmente y legalmente vinculantes. Estos son los requisitos para casarse con un extranjero.
REQUISITOS DE RESIDENCIA
Para las bodas civiles uno de los contrayentes tiene que haber residido en España durante un mínimo de 2 años ininterrumpidos, inmediatamente anteriores al matrimonio.
Para las bodas católicas no hay requisitos mínimos de residencia, podemos registrar un matrimonio extranjero de manera más sencilla.
REQUISITOS LEGALES – IGLESIA CATÓLICA
España es un país predominantemente católico y algunas de las iglesias de España se encuentran entre las mejores del mundo. Los requisitos básicos son sencillos.
- Al menos uno de los miembros de la pareja tiene que ser católico
- Tampoco puede ser divorciado y casado previamente en una iglesia católica.
Es recomendable que el proceso se inicie 6 meses antes de la fecha de su boda para garantizar que la documentación requerida se reciba a tiempo y que la fecha esté asegurada con la iglesia en España. La documentación debe prepararse en su país de origen, toda la documentación debe ser original o copias certificadas y traducidas al español por las autoridades pertinentes (traducidas por una agencia verificada por el Consulado español) y visadas con una apostilla.
Importante tener en cuenta:
- Las fechas de la boda se organizarán directamente con la iglesia en España.
- Muchas iglesias en España no aceptarán una reserva con más de un año de antelación.
- Los documentos deben llegar a la iglesia con la que desea casarse al menos 2 meses antes de la fecha de la boda.
- Los documentos enviados a la iglesia no deben tener más de 6 meses de antigüedad.
- Para garantizar que el matrimonio sea legalizado, después de la boda se debe entregar el certificado de matrimonio católico al Registro Civil español local, que registrará la boda civil y entregará un certificado de matrimonio civil.
Documentos requeridos:
Su sacerdote o arzobispo enviará la documentación al obispo de la diócesis donde tiene la intención de casarse, quien a su vez le permitirá a la iglesia en la que se va a casar, saber que todo está en orden.
- Certificado de nacimiento
- Consulta prenupcial: puede obtenerla en su parroquia local
- Certificados de Bautismo, Comunión y Confirmación emitidos por su iglesia parroquial
- Carta de declaración de su parroquia
- Una carta formal de su párroco que indique que ha cumplido con los requisitos del curso prematrimonial y el permiso de que es libre de casarse en una iglesia católica en otro lugar
- Fe de Soltería y Vida | Carta de libertad para casarse
- Permiso especial del obispo: los no nacionalizados deben recibir un permiso especial del obispo de la diócesis en la que tienen la intención de casarse, esto puede demorar hasta cuatro semanas
- Si es viudo: certificado de defunción del cónyuge anterior
- Decreto de Nulidad – si aplica
- Carta de dispensa si la mitad de la pareja no es católica
REQUISITOS LEGALES – RELIGIOSO (NO CATÓLICO)
Para los no residentes, no es posible tener una ceremonia religiosa legalmente vinculante (aparte de la católica) en España. No obstante, podrá tener una bendición en el lugar de culto de su fe en España, previa celebración de una ceremonia civil en su propio país. Para tener una bendición en un lugar de culto, debe obtener el permiso de las autoridades correspondientes, así que no elija su traje de bodas hasta obtener el permiso correspondiente.
REQUISITOS LEGALES – BODA CIVIL EN ESPAÑA
Para la inscripcion de la boda en España, primero debe cumplir con cualquiera de los criterios establecidos a continuación:
- Uno de vosotros ha sido residente en España durante al menos 2 años
- Uno de vosotros es ciudadano español
Las solicitudes de matrimonio civil deben presentarse ante el Registro Civil, Juzgado de Distrito o Ayuntamiento del lugar donde se celebrará la boda. Nota: El procedimiento puede variar según el lugar donde se case.
Documentos requeridos:
Se requiere presentar la siguiente documentación tanto para la novia como para el novio al solicitar una licencia de matrimonio en España. Toda la documentación debe ser original o copias certificadas y traducidas al español por las autoridades correspondientes y visadas con apostilla.
- Certificado de No Impedimento / Certificado de Libertad para Casarse
- Certificado de Estado Civil (Certificado de Estado Civil)
- Pasaporte completo con vigencia mínima de doce meses (cuatro copias) – para ser utilizado cuando solicita el Empadronamiento, Residencia y archivo para el matrimonio
- Certificado de nacimiento completo (que muestre los nombres de la madre y el padre)
- Si es divorciado – Decreto Absoluto y Acta de Matrimonio previa
- Si es viudo – Acta de Defunción del cónyuge anterior y Acta de Matrimonio anterior
- Certificado de encuesta de escritura de cambio de nombre, si corresponde
- Certificado de adopción, si corresponde
- Certificado de Registro del Ayuntamiento de España (Certificado de Empadronamiento o “Padrón”)
- Formulario de solicitud de Extranieria – imprimir tres copias. Cumplimentar el formulario de extranjería y presentarlo en la comisaría de policía nacional. Recuerde traer con su pasaporte y una fotocopia del mismo.